Hoy se aprobó la Primera Enmienda a la Constitución de Soleria, con la que se añade un nuevo título y se crean las Corts de Soleria, el parlamento nacional:
Título VI - Creación del Parlamento (Corts de Soleria)
Artículo 13: Se establece el Parlamento de Soleria, "Corts de Soleria", como órgano único legislativo del Gran Ducado.
Artículo 14: Las Corts se componen de representantes electos por sufragio universal y secreto, según lo dispuesto en la ley electoral.
Artículo 15: Las Corts tienen autoridad para legislación, incluyendo, sin limitarse, a la economía, educación, salud, medio ambiente y justicia.
Artículo 16: Las Corts tienen que facilitar procedimientos legislativos transparentes y democráticos, incluyendo considerar opiniones y propuestas de ciudadanía.
Artículo 17: Las leyes aprobadas en las Corts serán promulgadas por el Gran Duque según estipula la Constitución.