Constitución

Constitución del Gran Ducado de Soleria


Preámbulo


Nosotros, el pueblo de Soleria, en el ejercicio de nuestra soberanía y como expresión de nuestra voluntad libre y democrática, nos dotamos de la presente Constitución con el fin de garantizar la convivencia pacífica, la justicia, la igualdad y la libertad, así como el desarrollo sostenible y el bienestar de todos los habitantes de nuestro país.

Título I - Disposiciones generales


Artículo 1: El Gran Ducado de Soleria es una nación soberana e independiente, fundada sobre el respeto a los derechos humanos, la democracia, el estado de derecho, la justicia y la igualdad.

Artículo 2: La forma de gobierno del Gran Ducado de Soleria es la monarquía, con el Gran Duque o Gran Duquesa como jefe de Estado.

Artículo 3: La Constitución es la norma suprema del Gran Ducado de Soleria, y todas las leyes y demás disposiciones jurídicas deben estar en conformidad con sus preceptos.

Título II - Derechos y libertades


Artículo 4: Todas las personas tienen derecho a la igualdad ante la ley, sin distinción de origen, raza, género, religión, opinión política, condición social o cualquier otra circunstancia personal o social.

Artículo 5: Todas las personas tienen derecho a la vida, la libertad, la integridad física y moral, la privacidad, la propiedad y la seguridad.

Artículo 6: Todas las personas tienen derecho a la libertad de expresión, de pensamiento, de conciencia, de religión y de reunión pacífica.

Artículo 7: Todas las personas tienen derecho a un juicio justo, a la defensa y a la tutela judicial efectiva.

Título III - Organización territorial


Artículo 8: El Gran Ducado de Soleria se divide en regiones autónomas, que tienen competencias en materias como la educación, la cultura, el medio ambiente, el turismo y la sanidad.

Artículo 9: Las regiones autónomas están representadas en el Parlamento del Gran Ducado de Soleria, que es la máxima autoridad legislativa del país.

Título IV - Economía y medio ambiente


Artículo 10: La economía del Gran Ducado de Soleria se basa en el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente, la producción de productos agrícolas y artesanales y el turismo.

Artículo 11: El Gran Ducado de Soleria promueve la sostenibilidad y el uso responsable de los recursos naturales, así como la innovación y la tecnología como herramientas para el desarrollo económico y social.

Título V - Reforma constitucional


Artículo 12: La Constitución del Gran Ducado de Soleria solo puede ser reformada mediante un proceso que respete los procedimientos democráticos, la participación ciudadana y las garantías de los derechos fundamentales.

 

Título VI - Creación del Parlamento (Corts de Soleria)


Artículo 13: Se establece el Parlamento de Soleria, "Corts de Soleria", como órgano único legislativo del Gran Ducado.

Artículo 14: Las Corts se componen de representantes electos por sufragio universal y secreto, según lo dispuesto en la ley electoral.

Artículo 15: Las Corts tienen autoridad para legislación, incluyendo, sin limitarse, a la economía, educación, salud, medio ambiente y justicia.

Artículo 16: Las Corts tienen que facilitar procedimientos legislativos transparentes y democráticos, incluyendo considerar opiniones y propuestas de ciudadanía.

Artículo 17: Las leyes aprobadas en las Corts serán promulgadas por el Gran Duque según estipula la Constitución.



Disposición final


La presente Constitución entra en vigor en la fecha de su promulgación, y deroga cualquier otra disposición anterior que se oponga a sus preceptos.